Solicitud de título de Bachillerato y Ciclos Formativos

 

SOLICITUD TELEMÁTICA CON CL@VE, CERTIFICADO DIGITAL O IANDE EN:

https://www.juntadeandalucia.es/educacion/secretariavirtual/accesoTramite/302/

 

SOLICITUD PRESENCIAL DE TÍTULO

- Presentar modelo de solicitud de título no universitario

- Fotocopia del carnet del familia numerosa si procede u otro documento justificativo de exención o bonificación.

- Modelo 046 de pago de tasas (se rellena on line).

 

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MODELO SOLICITUD TÍTULO ACADÉMICO NO UNIVERSITARIO
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PARA PAGO DE TASAS 

Rellenar el impreso teniendo en cuenta los siguientes datos:

 

Total a ingresar para Bachillerato y Grado Superior de FP: 56,07 euros, si es familia numerosa 28.1 euros y 0 para especial.

Total a ingresar para Grado Medio de FP: 22,83 euros, si es familia numerosa general, 11,42 euros, y 0 para especial.

Órgano gestor: I.E.S. Albayzín

Código territorial: ED18D0

Concepto de pago: 0049 Exp.Títulos Académicos

Descripción: hacer constar el nombre del Título realizado (ciclo formativo o bachillerato)

Para rellenar el impreso haga clic en: MODELO 046

 

Bonificaciones y exenciones:

1. Exenciones:

Estarán exentos del pago de la tasa los siguientes solicitantes que tengan reconocida su condición, siempre que quede acreditado de conformidad con la normativa aplicable:

a) El alumnado miembro de familias numerosas de la categoría especial.

b) El alumnado que, como consecuencia de actos terroristas, haya sufrido daños personales que sean de especial trascendencia, o que lo inhabiliten para el ejercicio de su profesión habitual, o cuyos familiares hasta segundo grado de consanguinidad, tutores o guardadores, hayan sufrido dichos daños.

c) Las víctimas de violencia de género, doméstica o de ambas. A estos efectos, tendrán la consideración de víctima de violencia doméstica las personas a que se refiere el artículo 173.2 de la Ley

Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, que cuenten con orden de protección en vigor e inscrita en el Registro

Central para la protección de las Víctimas de la Violencia Doméstica, o con sentencia judicial firme por tal motivo en los últimos diez años.

d) Las personas con discapacidad, en un grado igual o superior al 33%.

e) Las personas beneficiarias de la prestación del ingreso mínimo vital a quienes se reconozca dicha condición de acuerdo con lo

dispuesto en la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital, o norma que la sustituya, las

beneficiarias de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, a quienes se reconozca dicha condición de acuerdo con lo

dispuesto en el Decreto-ley 3/2017, de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, o

norma que lo sustituya, o las beneficiarias de ambas prestaciones.

f) La expedición de títulos duplicados por causas imputables a la Administración.

g) La expedición de títulos duplicados por rectificación de la mención del sexo en el Registro Civil (Disposición Adicional 2ª de la Ley 3/2007, de 15 de marzo, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas).

 

2. Bonificaciones:

- Tendrá derecho a una bonificación del 50% el alumnado miembro de familias numerosas de la categoría general que tenga

reconocida su condición, siempre que quede acreditado de conformidad con la normativa aplicable.

- Se aplicará una bonificación del 10%, con un mínimo de 3 euros, sobre la tasa por la utilización de medios electrónicos para su

presentación y pago.

 

AUTORIZACIÓN PARA RECOGIDA POR OTRA PERSONA

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